miércoles, 23 de marzo de 2011

SEGUNDA PARTE DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E. JBG


ART. 31°: FUNCIONES DEL DOCENTE PROMOTOR DE LA BANDA DE MUSICA DE LA INSTITUCION

a.     El docente promotor de la Banda – es el que genera experiencias educativas de las manifestaciones culturales artísticas musicales a través de la Banda .
b.    El organizará su trabajo de acuerdo a una metodología basada exclusivamente en la expresión artística musical de su dominio y orientada a cumplir funciones culturales, sociales y recreativas fundamentalmente.
c.     El Docente promotor de la Banda de musica de la I.E- podrá asumir la Dirección de los talleres con el apoyo de personas colaboradoras BAJO SU RESPONSABILIDAD Y EN INELUDIBLE COORDINACION CON LA DIRECCION DEL PLANTEL .
d.    El promotor artístico- podrá ser el Docente de Educación por el Artística u otro no pudiendo desplazar en este caso al profesor de Educación artística; coordinará para que las evaluaciones que se hagan en el desempeño de la banda redunden en el Área correspondiente
e.     La carga académica que dictará el docente de Banda es Ad Honorem las practicas o taller de Banda se harán en un máximo de tres sesiones por semana y no mayores de dos horas y con LA  INELUDIBLE AUTORIZACION DE LOS PADRES DE FAMILIA .
f.     Organizando y ejecutando las actividades artísticas que formen parte de las celebraciones de Efemérides del Calendario-Cívico Escolar y podrá participar en actividades cívicas y culturales que organicen las instituciones de la comuna o UGEL o DRSET con la AUTORIZACION DE LA DIRECCION.
g.    Cuando se acuda a un compromiso de la BANDA DE MUSICA de la I.E. El docente es RESPONSABLE DE LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD DE LOS ESTUDIANTES.
h.     Está PROHIBIDO DE ALQUILAR O CONTRATAR EL SERVICIO DE LA BANDA O SUS INSTRUMENTOS, LA DIRECCION ESTA PROHIBIDO DE HACERLO.  



TITULO IV
GESTION PEDAGÓGICA
CAPITULO XII
RÉGIMEN DE ESTUDIO

ART. 32°: El régimen de estudio de Educación Primaria es de seis años escolarizado.
ART. 33°: El régimen de estudio de Educación Secundaria es de 5 años.
ART. 34°: El año académico es consecutivo divididos en CUATRO BIMESTRES  con vacaciones de medio año de DOS SEMANAS, SON 1100 HORAS EN PRIMARIA Y 1200 HORAS EN SECUNDARIA
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CAPITULO XIII
ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS
ACTIVIDADES ACADÉMICAS
ART. 35°: Las Actividades Académicas se desarrollan en un solo turno (Diurno) desarrollándose SEIS HORAS ACADEMICAS DIARIAS EN PRIMARIA Y SIETE HORAS ACADEMICAS DIARIAS EN SECUNDARIA.(ningún docente aumentara esta jornada sin la autorización de la DIRECCION Y SIN EL CONOCIMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA bajo responsabilidad ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL.
  
ART. 36°: El personal directivo, jerárquico, administrativo y de servicios, docentes y educandos, deben participar en todas las actividades académicas y en las actuaciones cívico-patrióticas




CAPITULO XIV
CURRÍCULO
ART. 37°: La I. E debe contar con su propio Proyecto Curricular, que contiene las características necesidades, demandas y potencialidades especificas los alumnos en el marco del PEI y los lineamientos de política educativa Nacional y Regional.
        a) La estructura curricular se organiza en torno a los dos niveles y en las distintas áreas que plantea el perfil del alumno de la I. E., por lo tanto comprende experiencias cognoscitivas, desarrollo de capacidades, habilidades, destrezas y viceversa.
        b) El currículo es diversificable, abierta y flexible.
        c) Las experiencias, científicas, humanistas y técnicas se dan a través de las diferentes áreas de desarrollo curricular dentro de los planes de estudio de los dos niveles. Primaria y Secundaria
        d) La apreciación y cultivo de los valores éticos, morales y religiosos se dan en todas las actividades del a I. E.

CAPITULO XV
METODOLOGÍA

ART. 38°: El Plan Anual de Trabajo se organiza durante el mes de Diciembre de cada año lectivo  Con participación del personal Directivo, jerárquico, docente y no docente de la I. E; en el se pretende:
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        a) Realizar el trabajo de planeamiento y ejecución de las diversas actividades curriculares y extracurriculares que se cumplirán durante el año lectivo.
        b) coadyuvar esfuerzo en pro de conseguir el logro de nuestros objetivos estratégicos en el marco de los lineamientos del PER y los establecidos por el MED.

CAPITULO XVI
MATRÍCULA Y CERTIFICACIÓN

ART. 39°: De la matrícula:
        a) El proceso de matrícula en la I. E. se realizará de acuerdo a un cronograma que la Dirección programe.
        b) En educación primaria la matricula del niño se realiza cuando ingresa al primer grado, siempre que cumpla 6 años de edad al inicio de las clases o excepcionalmente hasta 4 meses después de dicho inicio si ha culminado por lo menos un año de Educación Inicial.
        c) Posteriormente la matricula es automática y su ratificación será organizada antes de comenzar el periodo lectivo. en los meses de Enero y Febrero
        d) Ingresan al Primer año de Educación Secundaria los alumnos que hayan concluido satisfactoriamente su Educación Primaria y que no excedan a los 14 años de edad.
        e) En Educación secundaria los documentos exigidos para la matricula en primer grado son: Ficha Única de Matricula, partida de nacimiento o pasaporte y certificado oficial de educación primaria.
        f) La matricula para los demás grados es automática para los alumnos aprobados y en otros casos, previa verificación de los resultados de la evaluación de recuperación.
        g) Los educandos que no posean partida de nacimiento y otro documento de identificación no están impedidos de ingresar al nivel de Educación Primaria, el alumno podrá acreditar sus nombres y edad con otros documentos, con cargo a presentar el documento que falta a un plazo de 30 días dia en el cual recién se considerará matriculado.
        h) Exigir la firma y presencia del padre o apoderado para la matrícula de su menos hijo(a).
        i) El Director de la I. E. en el mes de febrero mediante Resolucion establecerá el número de vacantes por grados y secciones para efectos de matrícula o ratificación de la misma en ambos niveles.
        j) El Director de la I. E. aprobará las nóminas de matrícula previa verificación o informe de los Sub-Directores dentro de los primeros 15 días del mes de abril.
        k) El traslado de matrícula se otorga hasta el término del tercer período salvo casos especiales.
        l) Los traslados lo otorgará el Director de la I. E.
        m) La constancia de las vacantes serán expedidos por el Director teniendo validez esta de 15 días en manos del padre o apoderado, pasando esta fecha ya no tiene valor a reclamo.
        n) La matrícula de los alumnos con problemas de comportamiento se hará en forma condicional, previo informe del CONEI Y/O psicológico emitido por una institución del Estado.
        o) La ratificación de matrícula, el traslado o cualquier acto administrativo no se condiciona a pago de ningún tipo, incluida la cuota anual de APAFA.
        p) Para recibir los alumnos trasladados en el transcurso del año escolar, se considerará para su aceptación solamente las calificaciones de las áreas o asignaturas de currículo oficial, y el certificado de conducta de la I. E. de su procedencia.
        q) El pago de APAFA se efectuará previo acuerdo realizado en una asamblea de padres de familia.

ART. 40°: De los certificados:
        a) El colegio otorga el certificado de estudio a los alumnos que acrediten haber terminado satisfactoriamente el nivel educativo correspondiente.
        b) Los reclamos sobre deficiencias en los certificados serán resueltos por el Director de la Institución Educativa.
        c) Los certificados de estudios serán firmados por el Director de la Institución Educativa.

CAPITULO XVII
EL PROCESO DE EVALUACIÓN DEL EDUCANDO

ART. 41°: Se efectuará de acuerdo a las siguientes normas:
        a) TODO el Proceso de Evaluación es RESPONSABLE LA SUB DIRECCION DE CADA NIVEL y consta de las siguientes etapas: Evaluación Inicial, Evaluación de Proceso, Evaluación Final, .
        b) Al término de cada BIMESTRE lectivo, el alumno obtiene un calificativo que se registra en una libreta de información .  o Informe escrito firmado por la Sub Dirección del Nivel
        c) La evaluación del comportamiento se realiza teniendo en cuenta, entre otros los criterios de responsabilidad, honradez, veracidad ayuda mutua y respeto a las personas, esta evaluación se lleva a cabo con fines de ayuda y orientación, no se considera para determinar la promoción de grado.
        d) La escala de calificación es cuantitativa /y cualitativa (literal) y descriptiva ,
CAPITULO XVIII
SUPERVISIÓN

ART. 42°: La supervisión es RESPONSABILIDAD DE LOS SUB DIRECTORES debiendo de presentar un PLAN DE SUPERVISION , el DIRECTOR COMPLEMENTA ESTE PROCESO Comprende acciones de asesoramiento, dirigidas a optimizar la programación curricular, la enseñanza-aprendizaje y evaluación , Asi también los procedimientos administrativos y productividad , eficiencia y eficacia de TODOS LOS QUE LABORAN EN LA I.E.
ART. 43°: Los Instrumentos y cronograma podrán estar al alcance de los docentes y supervisados, también a ello son sujetos el PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

CAPITULO XIX
DE LOS HORARIOS

ART. 44°: La I.E. desarrollará sus actividades de enseñanza aprendizaje de Lunes a Viernes, algunos talleres deportivos, artísticos y culturales el día sábado y extra ordinariamente se asiste a actividades cívico patrióticas algunos domingos, estos últimos con autorización y conocimiento de los padres o apoderados. La secretaria de la I.E. funciona de Lunes a Sábado de acuerdo a las Disposiciones emanadas por el Gobierno Central 

ART. 45°: Las actividades educativas en el plantel se desarrollarán en los siguientes horarios:
EDUCACIÓN PRIMARIA
Entrada            :           07.45                a.m.
Salida               :           13.00                p.m
Extraordinariamente de ser aprobado por los padres de familia se realizaran Talleres extracurriculares de Computación e Ingles. Con un Horario Adicional que no perjudique la salud y comprometa la integridad de los estudiantes del Nivel bajo la UNICA responsabilidad de la Sub Dirección del Nivel

EDUCACIÓN SECUNDARIA
Entrada            :           07.45                a.m
Salida               :           13.45.               p.m.

ART. 46: La atención de DIRECCION Y SECRETARIA  La atención al Publico-, es de  lunes a viernes:
de 08.00 a 13.30           (fuera de este horario los trabajadores realizarán despacho, registro u otras obligaciones del cargo y función)

El Director tendrá durante el año 2011 una amplitud en su asistencia para labores de supervisión de los trabajadores de servicio ante las diversas quejas; asi mismo cubre los días lunes y miércoles por las tardes ya que no hay personal de servicio, asi mismo se releva con el Director de EBA y verifica la asistencia del responsable de EBA, los días sábados de atiende al taller de BANDA y otros de naturaleza deportiva  


hora
lunes
martes
miércoles
jueve
Viernes
Sábado
7-00- 1.30





De 08.30 a 12.00
5.00-6-15


Hasta las 3.00pm




De acuerdo al dispositivo de Atención los días sábados y Domingos los Trabajadores Administrativos, podrán solicitar COMPENSACION por la jornada desarrollada y se hace a solicitud del Trabajador.

CAPITULO XX
DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, DEBERES,
ESTÍMULOS, PROHIBICIONES Y SANCIONES DEL
PERSONAL

ART. 47°: Son derechos del personal:
        a) Recibir buen trato del personal jerárquico y directivo.
        b) Hacer uso de todos los servicios, instalaciones, ambientes, etc del colegio.
        c) Hacer uso de permisos, licencias, según disposiciones legales vigentes.
        d) A ser escuchados en las asambleas, recibiendo la agenda a tratar con anticipación y el acuerdo debe figurar en el libro de actas.
        e) Recibir un reconocimiento justo por el desempeño eficiente de sus funciones.
        f) Asistir a los programas de perfeccionamiento, capacitación, actualización, entrenamiento y perfeccionamiento organizado por la Dirección.
        g) Realizar trabajos de investigación, experimentación y aplicación en el campo de la ciencia y la técnica educativa.
        h) Al libre acceso al material didáctico debiéndose colocar éste en el lugar de fácil acceso al docente.
        i) Van a gozar el día libre en el día de su onomástico.
        j) A matricular a sus hijos en la I E., exonerados en el derecho de APAFA.
        k) A recibir implementación oportuna y adecuada a su labor.
        l) Toda gestión de permiso se hará con anticipación de 24 horas y previo documento.
        m) A pedir licencia de acuerdo a la Ley de Educación, Ley de Profesorado y su Reglamento.
        n) A recibir estímulos contemplados por la Ley de Educación, Ley del Profesorado y su Reglamento.
        o) Exigir la limpieza de su aula y demás ambientes.
        p) A que se le proporcione la sala de profesores, para planificar y coordinar su labor pedagógica.


CAPITULO XXI
DE LOS DEBERES DEL PERSONAL

ART. 48°: Los deberes del personal son:

        a) Asistir al cumplimiento de sus labores con puntualidad y responsabilidad, siendo el tiempo de tolerancia 15 minutos para primaria y 10 minutos para secundaria en la primera hora de su jornada; se considerará tardanza desde el primer minuto de tolerancia; tres tardanzas de 15 minutos en un mes se considera un día de falto 
        b) Asistir con puntualidad a las reuniones programadas por la Dirección y/o subdirección con anticipación.
        c) Presentar las unidades de aprendizaje o la programación bimestral en la primera semana de haber iniciado la unidad de aprendizaje
        d) Cumplir con la evaluación bimestral en secundaria y llenar el registro auxiliar y oficial.
        e) Participar los días lunes en actividades cívicas en la formación escolar.
        f) Cumplir con el calendario cívico escolar.
        g) Participar activamente en las actividades culturales, educativas, deportivas, religiosas, cívicas, artísticas, etc.
        h) Cumplir con las acciones de tutoría.
        i) Propiciar el uso, incremento y organización de la biblioteca.
        j) Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la Institución Educativa.
        k) Informar a los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de los alumnos.
        l) Llevar con corrección los documentos correspondientes a su cargo.
        m) Vigilar diariamente y en todo momento a los alumnos para que estén correctamente formados y uniformados.
        n) Orientar permanentemente a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezcan en la Institución Educativa.
        o) Orientar a los alumnos durante el recreo y demás actividades, evitando que estos realicen actos reñidos con la moral y buenas costumbres.
        p) Guardar respeto con los demás miembros de la Institución Educativa.
        q) Cumplir con las disposiciones contenidas en el reglamento del centro educativo.

CAPITULO XXII
DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL
ART. 49°: Son estímulos del personal de la Institución Educativa:
        a) Agradecimiento.
        b) Felicitación verbal y escrita.
        c) Diploma al mérito.
        d) Resolución de felicitación por acto sobresaliente a propuesta del Director a la superioridad.

ART. 50°: Son sanciones del personal de la Institución Educativa:
        a) Llamada de atención verbal y por escrito ante el incumplimiento de sus funciones y deberes y ante la conducta negligente frente al servicio que brnda la I.E.
        b) Llamada a atención de parte de la sub-dirección ante continuas reincidencias.
        c) En caso de no entregar los documentos de trabajo: Plan Anual, Unidades, Registros, Evaluaciones bimestrales en Educación Secundaria y en Educación Primaria, vencidos los plazos y dentro de las 48 horas el profesor se hará acreedor de la llamada de atención por escrito de parte de la Sub-Dirección y/o Dirección.
        d) Dos permisos personales en un mes y reiterativos serán sujetos de comunicación de oficio de extrañeza y si se reincide será comunicado como una falta tipificada como incumplimiento de funciones


ART. 51°: Son prohibiciones del personal de la Institución Educativa:
        a) Abandonar la I. E. en horas de labor sin permiso ni justificación alguna.
        b) Dedicarse en hora de trabajo a otras labores ajenas a su función.
        c) Emplear a los estudiantes para servicios personales.
        d) Dictar clases remuneradas a los alumnos en la I. E.
        e) Solicitar cuotas de dinero a los alumnos y/o padres de familia que no estén consideradas  en el PAT o Plan de trabajo de la APAFA .
        f) Realizar actividades de carácter político partidario salvo las religiosas aprobadas por el plantel.
        g) El personal auxiliar esta prohibido de ingresar a las cafeterías o quioscos durante el recreo y a la hora de entrada y salida de la I. E.
        h) Asistir al la I. E. en estado etílico.
        i) Tener una conducta impropia frente a los estudiantes y compañeros de trabajo

TITULO VI
DERECHOS, DEBERES, PRESENTACION PERSONAL, ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES

CAPITULO XXIII
DE LOS DERECHOS Y DEBERES
ART. 52 Son derechos de los alumnos:
a) Recibir formación integral dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral, física y psicológica.
b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como estudiante .
c) Ser escuchado en cualquier reclamo o consulta de índole personal.
d) Recibir estímulos en merito al cumplimiento de sus deberes escolares.
e) Ser evaluado con justicia y equidad, y recibir información oportuna de los resultados.
f) Hacer uso de los libros de la biblioteca, de las TIC del aula de innovación pedagógica y otros servicios con autorización del Docente responsable .
g) Solicitar orientación al tutor y/o profesor en aspectos que lo necesite.
i) Participar en talleres, en todas las actividades y eventos culturales, deportivos, artísticos, cívicos, etc. Organizados por la I.E.
j) Recibir la educación de acuerdo con los postulados de la Ley General de Educación.
h) Merecer el trato justo y correcto.
i) Presentar sugerencias o reclamos dentro de los márgenes de respeto, que contribuyan a mejorar la atención en los servicios educativos.
j) Elegir y ser elegidos en las organizaciones estudiantiles de aulas, clubes y Municipio Escolar.
m) Ser escuchados y atendidos oportunamente por la Dirección, subdirección y otros órganos jerárquicos.
n) No recibir castigos físicos y psicológicos así como cualquier sanción que represente una humillación o maltrato corporal y emocional.

ART. 53°: Son deberes de los alumnos:
        a) Respetar y acatar las disposiciones contenidas en el presente reglamento.
        b) Respetar a las autoridades, personal docente administrativo, compañeros y otras personas dentro y fuera de la I.E.
        c) Cumplir con responsabilidad las tareas de la diferentes áreas y asignaturas para el logro de sus objetivos, competencias y capacidades.
        d) Portar diariamente su cuaderno de control y hacerlo firmar por su parte o apoderado.
        e) Respetar la propiedad ajena y honorabilidad de sus compañeros y de las personas en general
        f) Representar dignamente a la I.E. en cualquier actividad o certamen
        g) Participar en actividades de ambientación de aula y de la I.E.
        h) Cuidar los ambientes, talleres, equipos, mobiliarios y demás instalaciones de la I.E, reparando o reponiendo inmediatamente los objetos destrozados o deteriorados.
        i) Asistir puntualmente a las clases y actividades programadas.
        j) Justificar las tardanzas e inasistencias dentro de las 48 horas.
        k) Respetar y rendir honores a los símbolos de la patria y nuestros héroes

CAPITULO XXIV
PRESENTACION PERSONAL Y ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
ART. 54°: De Presentación personal:
        a) Asistir a la Institución Educativa correctamente uniformado y aseado; asistirán sin el uniforme sólo en casos excepcionalmente autorizados por la Dirección.
        b) Los varones deben llevar el cabello corte escolar y las mujeres deben llevar listones sin inscripciones que sujete el cabello.
        c) Los varones deben llevar la camisa dentro del pantalón y las mujeres con la falda debajo de la rodilla.
        d) Los varones y las mujeres deben levar la corbata indicada por la I.E.
        e) Las alumnas no tendrán pintadas las uñas ni la cara, ni usaran alhajas, ni adornos de ninguna clase; mucho menos tatuajes que sean visibles o piercings(aretes corporales)
        f) En el horario de Educación Física los alumnos asistirán con el buzo de la Institución, zapatillas y polo blanco, y llevar consigo toalla y jabón. Y de no tenerlo traerá su ropa de deporte en un bolso y se cambiara en el vestidor o baño

ART. 55°: De la asistencia y puntualidad:

        a) Los alumnos deberán asistir con puntualidad a la Institución Educativa.
        b) El horario de ingreso para los alumnos del nivel primario en el turno de mañana es de 7:45 a 8:00 a.m. y la salida 13.30 (primaria) y 14.30 (secundaria)  
        c) Toda tardanza es responsabilidad del padre o apoderado.
        d) Ningún alumno podrá ausentarse de la I.E. antes del horario establecido, salvo que el padre o apoderado haya solicitado al Director, personalmente o por escrito el permiso correspondiente.
        e) La justificacion por inasistencia se hace al dia siguiente de haber faltado
       

CAPITULO XXV
DE LAS PROHIBICIONES
ART. 56°: Los alumnos están prohibidos de:

a)     Abstenerse de las políticas partidarias dentro de la I.E. y actos reñidos contra la moral y buenas costumbres que atenten contra la salud física y mental.
b)    Participar en grupos marginales que generan inmoralidades o actos de violencia.
c)     Salir del aula o institución Educativa sin la autorización correspondiente
d)    Traer celulares, radios, objetos de valor, revistas o cualquier objeto que pueda ocasionar daño físico o moral.
e)     Adulterar notas, falsificar firmas en la libreta de información , cuadernos de control u otros documentos oficiales que emite la I.E.
f)     Concurrir al domicilio de profesores por asuntos de calificación
g)    Emitir juicios, injurias contra las autoridades del I.E., personal docente, administrativo, compañeros de estudios o a sus familiares.
h)     Fomentar desordenes , riñas dentro y fuera del plantel
i)      Promover actividades económicas sin la autorización de la dirección.
j)      Amenazar, maltratar o causar daños físicos a sus compañeros.
k)     Usar el nombre de la I.E. en actividades o acciones no autorizadas por la Dirección.
l)      Dedicarse en horas de clase a ocupaciones distintas a las escolares.
m)   Practicar y/o introducir juegos de azahar a la I.E.
n)     Asistir al colegio con maquillaje, alhajas u objetos de valor.
o)    Introducir objetos que puedan comprometer la salud, moral y el prestigio de la Institución educativa.
p)    Introducir y/o consumir (todo tipo drogas y sustancias toxicas, alcohol, cigarrillos, revistas pornográficas, etc), se considera falta grave.
q)    Pintarrajear mobiliario e inmobiliario de la I.E.
r)      Asistir al colegio en estado etílico.

CAPITULO XXVI
DE LOS ESTÍMULOS

ART. 57°: Son estímulos:
        a) Los estímulos se otorgan a los alumnos que realicen acciones extraordinarias dentro y fuera de la I. E., ya sea en aprovechamiento o comportamiento
        b) Los alumnos se hacen acreedores a los siguientes estímulos:

§  Felicitaciones verbales y escrita de la Dirección de la I.E.
§  Diploma de honor al mérito.


        c) Los alumnos de la I. E., los que obtengan los más altos promedios generales, durante los 5 años de educación secundaria se harán acreedores a la exoneración del examen de ingreso a la Universidad e Institutos Superiores, según los casos y de acuerdo a las normas establecidas específicamente.
        d) Los alumnos al terminar el 5to. Año de Educación Secundaria obtendrán sus certificados gratuitamente, un ejemplar siempre y cuando haya aprobado satisfactoriamente.
        e) Los estímulos debe propiciar el mejoramiento colectivo de la convivencia y la práctica de valores.

CAPITULO XXVII
DE LAS FALTAS Y SANCIONES

ART. 58°: Son faltas y sanciones:
a) Los alumnos serán sancionados de acuerdo a la gravedad de sus faltas cometidas en el incumplimiento de sus deberes en la siguiente forma:
·         Amonestación verbal del Profesor, Tutor y del Auxiliar de Educación.
·         Amonestación escrita del Profesor Tutor y del Auxiliar de Educación.
·         Amonestación verbal del Director de la I.E.
·         Amonestación escrita del Director de la I.E.
·         Suspensión de la I.E. por un tiempo que debe definir el Comité de TOE  y el Director.
·         Separación  de la LE.
        b) Suspensión de las actividades promocionales  a los alumnos que incurran en la falta y sena de quinto grado de educación secundaria.
        c) En la aplicación de las sanciones se evitará la humillación del educando y deberá brindarse la orientación correspondiente para su recuperación.
        d) En caso de que el padre de familia sea llamado a la I.E. Por problemas de Indisciplina de su hijo(a) deberá firmar el cuaderno de incidencias del  auxiliar y otro documento Interno.
        e) Todo deterioro del mobiliario y  de las paredes será repuesto o pagado por los padres de familia de el (los)  alumno(a), o alumnos(as) responsables.
        g) La sanción de separación de I.E. se aplica en casos de suma gravedad o para los alumnos que tuvieran como antecedentes alguna suspensión.
        h) La suspensión de la Institución Educativa se determinará por Decreto Directoral, previo informe del comité de TOE. y será un período no mayor de 8 días.
        l) La suplantación de las notas y/o falsificaciones de firmas constituye falta grave, cuya sanción en el primer caso, desaprobación del area y separación definitiva.
        m) Los padres de familia o Apoderados de los alumnos que hayan observado mala conducta, firmaran un compromiso en el acto de ratificación de matricula. Su reincidencia dará motivo a la separación de la Institución Educativa.
        n) El robo y hurto son faltas graves y serán sancionados con la separación temporal o definitiva de la I.E. según la gravedad; lo mismos de aquellos alumnos que integren pandillas que atenten contra la salud e integridad de los ciudadanos.
        o) Las sanciones, deben conducir a la reflexión crítica del alumno respecto a su comportamiento, así como a la solución de las circunstancias y dificultades que propiciaron el hecho que se busca evitar.

CAPITULO XXVIII
DE LAS PROMOCIONES ESCOLARES

ART. 59°: De las promociones escolares:  
        a) Las promociones escolares están conformadas por los alumnos de sexto grado en el nivel primario y quinto año en el nivel secundario.
        b) La participación de los alumnos en las actividades de promoción es voluntaria.
        c) Las actividades económicas pro fondos de las promociones serán realizadas previa planificación, elaborada por el docente responsable o tutor del aula, en coordinación con los comités de aula.
        d) Los fondos que se recauden de las actividades colectivas, bajo ningún concepto serán devueltos a los alumnos que se retiran de la promoción, sus fondos pasaran en beneficio de los integrantes de la promoción.

CAPITULO XXIX
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

ART. 60°: De los ingresos propios:
        a) De todo lo ingresado se invertirá en las  necesidades del plantel.
        b) El pago por concepto de Asociación de Padres de Familia es motivo de acuerdo y de tratamiento directo con la Junta Directiva de la APAFA y se observa ello en la ratificación y la permanencia anual del estudiante  
        c) El incumplimiento de los pagos puntuales de quioscos y cochera se somete al contrato realizado de acuerdo a ley.
        d) los manejos de los recursos estarán a cargo del COMITÉ DE INGRESOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS Y PROYECTOS PRODUCTIVOS  

CAPITULO XXX
DEL USO E INVENTARIO

ART. 61°: El Director es responsable del uso y actualización del inventario para lo cual se organiza un comité de inventarios .
ART. 62°: Todo personal está autorizado para el uso de los bienes, herramientas, equipos y  demás enseres mientras los cuide y no lo deteriore.
ART.63°: Para su uso, debe firmarse el cargo y una vez devuelto el bien debe dar conformidad del  descargo.
ART. 64°: Cada fin de año debe levantarse el inventario, ya sea con las altas o las bajas que sean necesarios.
ART. 65°: De la conservación de los bienes responsable la última persona que lo utilizó, en caso contrario asumirá de acuerdo al presente reglamento la devolución, reparación o rehabilitación de dicho bien sin perjuicio de la sanción que le corresponde.

CAPITULO XXXI

RELACIONES Y COORDINACIÓN
ART. 66°: La Institución Educativa N° 2024 establecerá sus relaciones con el Ministerio de  Educación a través de la UGEL Tacna  
ART. 67°: La Dirección de la Institución Educativa solicitará la asesoría de la TACNA  de acuerdo  a las Normas Legales vigentes, a fin de optimizar el servicio educativo.
ART. 68°: La Dirección de la I.E. realizará actividades de capacitación para el personal  Magisterial , no magisterial y padres de familia en coordinación con la Unidad de UGEL TACNA y DRSET
.
CAPITULO XXXII
DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (APAFA)

ART 69°: Son derecho de los Padres de Familia:

                a) Participar en el proceso educativo de los hijos de sus asociados, buscando la inclusión o incorporación de las personas con discapacidad de igualdad de oportunidades.
            b) Colaborara en las actividades educativas que ejecuta la institución Educativa, fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje.
            c) Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes y denunciar ante las autoridades educativas la venta o sustracción de los libros o textos escolares oficiales de distribución gratuita.
            d) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos.
            e) Cooperar con la institución Educativa para salvaguardar la seguridad e integridad física de los estudiantes.
            f) Proponer y coordinar con el Director de la Institución Educativa, mecanismos y estrategias que contribuyan a evitar la deserción y la inasistencia de los estudiantes.
            g) Gestionar y/o colaborar con la implementación de comedores escolares, programas de apoyo alimentario, de salud física y mental, de deportes, recreación, orientación vocacional, visitas guiadas de estudio y otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes.
            h) Recibir de parte del Director de la Institución Educativa, información sobre el manejo administrativo financiero y económico de la Institución Educativa.
            i) Denunciar ante los órganos competentes las irregularidades que produzcan en las Instituciones educativas.
            j) Participar a través de veedores elegidos por la asamblea General, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realice en la Institución Educativa y en los comités especiales que se constituya  la UGEL TACNA y las DRSET, en el marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas vigentes.
            k) Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en la Institución Educativa.
            l) Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados.
            m) Participar a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional.
            n) Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos en la ley General de Educación eligiendo a sus representantes ante el Consejo participativo Local Educación y el Consejo Participativo Regional de Educación, de acuerdo con las disposiciones especificas que dicte el Ministerio de Educación.
            o) Demás participaciones será según D.S. 004 - 2006 – (Ley N° 28628).

ART 70°: Son deberes y compromisos de los Padres de Familia:

a) Asistir puntualmente a las reuniones convocadas por la I.E. Nº 2024, EL comité de.Aula, APAFA y Escuela de Padres.
          b) Revisar y firmar diariamente el Cuaderno de Control.
          c) Recoger puntualmente en el horario y fecha indicada la Libreta de Calificaciones.
          d) Respetar el horario de atención a los padres, no interrumpir las clases, salvo emergencias o citaciones.
          e) Enviar al hijo (a) correctamente uniformado (a), aseado (a) con uniforme, pelo corte escolar (varones) y cabello sujetado con listones (mujeres).
          f) En la hora de Ecuación Física enviar al hijo(a) con buzo y polo blanco.
          g) Enviar al hijo(a) sólo con materiales educativos para el desarrollo de su aprendizaje.; si se incumple ello la I.E. no se hace responsable de su pérdida
          h) Enviar al hijo (a) con el uniforme escolar en caso de asistir con otras indumentarias como polos de colores o chompas
          i) Respetar el horario de ingreso y salida; .llegar después de la hora establecida la I.E no asume la responsabilidad de su seguridad física que pudiese suceder por el apuro.
          j) Recomendar a mi hijo (a) la conservación de la infraestructura y mobiliario en caso de deterioro asumiré la responsabilidad de pagar y/o reparar los daños ocasionados por mi hijo (a).
          k) Participar y contribuir en la realización de actividades de la Comunidad Educativa.
          l) Aconsejar y orientar a mi hijo (a) hacía un buen comportamiento frente a las Autoridades, profesores, Auxiliares, Personal de servicio y compañeros, y en caso de una falta grave contemplada dentro del Reglamento del plantel lo retiraré a otro plantel.
          m) Trasladar a mi hijo (a) a otra Institución Educativa en los siguientes casos.
- Falta de respeto al cualquier profesor
- Fomentar peleas y actividades que atenten contra la seguridad física y/o psicológica de algún compañero dentro y fuera de la Institución
- Si repite consecutivamente o desaprueba en conducta.
          n) Orientar a mi hijo (a) para la buena conservación de los libros que presta el Estado y devolverlos.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS

PRIMERA. El Reglamento Interno es aprobado por la asamblea general en coordinación con el Director de la Institución Educativa.
SEGUNDA. Para reajustar el presente reglamento se conformará un comité integrado por representante del personal Directivo, Docente, Administrativo teniendo 90 días para que emitan una adenda o fe de erratas que pasaran a conformar el presente reglamento al año próximo   
TERCERA. Con respecto a las funciones del JEFE DE TALLERES son las mismas que las que tiene el Sub Director de Educación Secundaria para lo que corresponde lo Técnico Pedagógico y Administrativo; teniendo como línea de ejecución los docentes de Educación para el Trabajo a lo cual se le agrega la función de promover actividades Técnico Productivas con los alumnos y con los docentes hacia la comunidad , todo ello en el marco de las normas y en ineludible comunicación a la SUb Dirección del Nivel involucrado (primaria o secundaria) y en coordinación con la dirección de la I.E.. Su jornada es de 40 horas PEDAGOGICAS  
CUARTA     Con respecto a las funciones del Docente Estable de Educación Física; tiene las mismas funciones establecidas para los Docentes y contempladas en el presente reglamento además de las de promover el deporte y recreación dentro y fuera de la Institución , involucra la OBLIGACION DE PARTICIPAR EN LOS JUEGOS  NACIONALES DEPORTIVOS ESCOLARES Y LAS ACTIVIDADES  CIVICO PATRIOTICAS PROGRAMAS POR LA UGEL TACNA ; DRSET Y LA MUNIPALIDAD PROVINCIAL Y DISTRITAL A LA CUAL PERTENECEMOS. Su jornada es de 40 horas pedagógicas.
QUINTA      La Docente del Aula de Innovaciones Pedagógicas tiene las mismas funciones de los Docentes, adicionalmente están contempladas las funciones establecidas en le RM 101-2009- ED, ellos se encargan de la motivación, capacitación, mantenimiento y custodia de los bienes del estado que supone hardware y software y otros TICS en los dos ambientes conocidos como SALA “HUASCARAN” Y SALA DE AUDIOVISUALES que guardan y ofrecen otras TICS, su horario se coordina en función de las necesidades de su servicio en coordinación con la Direccion y Sub Direcciones de Primaria y Secundaria. ES TAMBIEN NUESTRO SOPORTE TECNICO EN LO QUE REFIERA EL SISTEMA DEL EDUCANDO
SEXTA.      La situación no prevista en el reglamento serán resueltas por la Dirección en coordinación con el CONEI.
SEPTIMA   El presente reglamento será distribuido a los profesores, los padres de familia en el acto de la matrícula.
OCTAVA     El presente será vigente al día siguiente de su aprobación mediante Resolución Directoral Institucional A LOS 23 DIAS DEL MES DE MARZO DEL DOS MIL ONCE..






Petter Arturo Arana Nuñez
DIRECTOR 


CONSTRUYENDO UN FUTURO INSTITUCIONAL DIFERENTE
BICENTENARIO DEL GRITO LIBERTARIO DE FRANCISCO ANTONIO DE ZELA
1811-2011

1 comentario:

  1. SEGÚN EL ART. 55 b) indica la hora de salida para secundaria: 14.30, lo cual no es compatible con la realidad, para el año 2012.

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